Un
total de 20 partidos políticos se encuentran habilitados para participar en las
elecciones presidenciales y parlamentarias del 2016, y otras 31 perdieron su
inscripción, informó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Indicó
que el trabajo del organismo electoral durante el 2015 será muy activo como el
año anterior, debido principalmente a las elecciones complementarias, cuyo
cronograma electoral ya está vigente e inicia actividades este mes de enero.
Este
año, además, se dará comienzo al cronograma de las elecciones generales 2016
con actividades preliminares previstas por el máximo ente electoral.
Hasta
la fecha, los partidos políticos que ya se encuentran inscritos en el Registro
de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE suman 20, por lo cual se encontrarían
habilitados para la contienda general del año próximo.
Se
trata de Acción Popular (AP), Alianza para el Progreso (APP), Democracia
Directa (DD), Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad (FAJVD), Fuerza
Popular (FP), Partido Aprista Peruano (PAP), Somos Perú (PDSP), Partido
Humanista Peruano (PHP) y Partido Nacionalista Peruano (PNP).
También,
los Partidos Político Orden (PPO), Popular Cristiano (PPC), Perú Más, Perú
Patria Segura (PPS), Perú Posible (PP), Restauración Nacional (RN), Siempre
Unidos (SU), Solidaridad Nacional (SN), Todos por el Perú (TP), Unión por el
Perú (UPP) y Vamos Perú (VP).
Buscan
actualmente su inscripción, además, Avanza País- Partido de Integración Social,
Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap), Nación Verde (NV), Partido Político
Nacional Perú Libre; Progresando Perú, Progreso y Obras, Resurgimiento Peruano,
Todos Unidos Por El Perú y Triunfa Perú.
El
director del ROP, Fernando Rodríguez Patrón, indicó que desde el 2004 a la
fecha unos 31 partidos políticos perdieron su inscripción, pues hay cinco
causales para la cancelación de inscripción de un partido, según lo establece
el artículo 13° de la Ley de Partidos Políticos.
Uno
de ellas señala que al cumplirse un año de concluido el último proceso de
elección general, pierde su inscripción el partido que no alcance al menos a
incorporar a seis representantes en el Congreso, es decir el cinco por ciento
(5%) del número legal de miembros de legisladores, o haber alcanzado al menos
el cinco por ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional.
Otra
causal para el caso de las alianzas es cuando concluye el proceso electoral
respectivo, ya que la inscripción de dicha coalición queda cancelada salvo que
sus integrantes decidieran ampliar el plazo de vigencia de aquella, lo que
deberán comunicar al JNE a más tardar dentro de los 30 días naturales
posteriores a la conclusión del proceso electoral.
En
tal supuesto, la alianza tendrá la vigencia que sus integrantes hubiesen
decidido o hasta que se convoque al siguiente proceso electoral general.
La
Ley de Partidos Políticos también indica en su artículo 11° que los partidos
políticos con inscripción vigente pueden presentar candidatos a todo cargo de
elección popular.
Cabe
señalar, que de acuerdo al cronograma electoral de las elecciones
presidenciales del 2016, las actividades preliminares de este proceso electoral
empezarían desde noviembre próximo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario