El próximo lunes 16 de mayo los trabajadores del sector público recibirán el primer depósito de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) luego que el Congreso de la República aprobara la ley que dispone este depósito semestral como el sector privado y así no esperar al término del período laboral como es actualmente.
La
norma beneficiaría a 84 000 trabajadores públicos a nivel nacional. Sin
embargo, el Gobierno aclaró que el pago de la CTS para los trabajadores sujetos
al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y a unos 250 mil
empleados que ingresen al nuevo régimen de la Ley del Servicio Civil.
Sin
embargo, los empleados del régimen del Decreto Legislativo N° 276 no están
incluidos en esta ley, y seguirán recibiendo su CTS al término de su relación
laboral con el Estado, y tampoco la ley no es retroactiva, por lo que la CTS
correspondiente a años anteriores no será depositada en mayo, sino al final de
la relación laboral, es decir cuando el trabajador renuncie o sea despedido.
Beneficios
No
solo los trabajadores estatales recibirán este depósito cada seis meses,
sino que también podrán decidir en qué entidad financiera (banco, caja,
financiera) se deberá hacer el depósito, que a su vez empezará a
percibir los intereses bancarios o financieros, además van a tener libre
disponibilidad al cabo de la acumulación de cuatro sueldos en su cuenta CTS, y
podrán dar en garantía su cuenta CTS para préstamos bancarios en la propia
entidad financiera en la que tienen su cuenta.
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